Pronunciamiento sobre Ley Estatutaria Garantías de participación para las organizaciones sociales y para el ejercicio de la protesta FINAL.

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Urgente elgobierno presente propuesta de ley estatutaria sobre garantías para la participación de las organizaciones sociales y para la movilización y la protesta social mediante el mecanismo
de fast-track
Los actores involucrados en la construcción de los lineamientos de la Ley Estatutaria de Garantías para laParticipación de los Movimientos y Organizaciones Sociales y para la Movilización y la Protesta Social, prevista en elpunto 2.2 del Acuerdo Final producto de las negociaciones entre el Gobierno y las Farc-ep, queremos llamar la atención de la opinión pública, del Gobierno Nacional y del Congreso de la República sobre la importancia, la necesidad y la urgencia de presentar, discutir y aprobar esta ley.
Desde hace cuatro meses estamos esperando que el gobierno nacional ponga a consideración un borrador de proyecto de ley. Sudilación y opacidad, que a de más de innecesarias, resultan altamente inconvenientes porque se trata precisamente de una leyde garantías de participación y la protesta social, los cuales deben disponer de amplios desarrollos y garantías en un Estado democrático en un marco de pazyconvivencia ciudadana.
En efecto, desde el mes de abril de este año se llevó a cabo un proceso de consulta en seis regiones y en un evento nacional con organizaciones sociales, tal como estaba previsto en el Acuerdo Final, en el cual participaron 2.478 líderes y lideresas pertenecientes a 1.541 organizaciones sociales, de los 32 departamentos del país y representativos de 25 sectores y poblaciones. De este proceso el CINEP, Foro Nacional por Colombia y Viva la Ciudadanía sintetizamos los resultados de la deliberación en un documento de insumos para la definición de los Lineamientos para la ley estatutaria, con la participación del Consejo Nacional de Participación. En forma subsiguiente la Comisión Nacional de Diálogo, electa en el Espacio Nacional, presentó desde el 21 de abril al gobierno nacional el documento de Lineamientos junto con una propuesta de proyecto de ley.
Esta ley estatutaria hace parte de los compromisos asumidos por el Estado colombiano en el punto 2 del Acuerdo Final y junto con el acto legislativo de reforma política electoral, constituyen los pilares de la apertura democrática que se requiere para la construcción de una paz estable y duradera.
Esta ley, a de más de establecer los principios que deberán guiar al Estado en su relación con las organizaciones y movimiento sociales, deberá fijar las garantías para: el reconocimiento y respeto a la autonomía, acceso a los espacios de participación, apoyo para el fortalecimiento, protección, promoción y ampliación de la planeación participativa, acceso a medios de comunicación, y el fortalecimiento de los medios de comunitarios y alternativos. Deberá a de más diseñar los instrumentos que podrán usar las organizaciones y movimientos sociales para hacer efectivos sus derechos, tales como: sistema de registro y caracterización, los incentivos para la participación, el observatorio y la veeduría ciudadana, el sistema de apoyo para el fortalecimiento, los instrumentos para el seguimiento verificación de los acuerdos, los protocolos para garantizar el derecho a la movilización y la protesta, las garantías de seguridad y protección a la vida y dignidad de los líderes sociales, la reparación colectiva, la políticca pública de promoción, fortalecimiento y desarrollo de organizaciones y movimientos sociales, las garantías para sectores, grupos poblacionales discriminados y las garantías en los territorios.
El Proceso de Paz sin duda constituye la mejor esperanza para empezar a superarla profunda exclusión, estigmatización, criminalización y violencia a que han sido sometidos los movimientos y organizaciones sociales en el país, entre la que se encuentra el asesinado de 186 líderes sociales entre enero de 2016 y junio de 2017.
A su vez, la agenda de negociación con el en su punto 1 “Participación de la Sociedad en la Construcción de la Paz” muestra la necesidad de tener mecanismos que recojan las iniciativas y propuestas de la población.
Por el lo requerimos del gobierno la disposición para a partir de un borrador inicial y tan pronto sea posible, culminar el diseño de esta ley con la Comisión de Diálogo y el Consejo Nacional de Participación, presentarla y consensuarla en la CSIVI, y proceder a presentarla al Congreso de la República para que éste lo tramite por el procedimiento legislativo especial, tal como está en las prioridades para la implementación normativa punto 6.1.10 literal J.

Suscriben:
COMISIÓN NACIONAL DE DIÁLOGO VIVA LA CIUDADANÍA FORO NACIONAL POR COLOMBIA CINEP CUT CASA DE LA MUJER DEL CONSEJO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN: MIGUEL ANGEL SALAZAR NAIMEN MARTINEZ GUILLERMO CARDONA BUENERGES VARGAS

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